Rotate
Rota tu dispositivo

Para tener una mejor experiencia de navegación

Anuncio en relación a la discontinuación de la tasa LIBOR

Fecha de publicación:
08 de Marzo 2021 - 00:00 hs

Ponemos en su conocimiento que el pasado viernes 5 de marzo de 2021, la Financial Conduct Authority (la “FCA”) del Reino Unido emitió un comunicado anunciando fechas fijas para la discontinuación de la tasa LIBOR, de acuerdo a los resultados de la consulta realizada por la ICE Benchmark Administration (la “IBA”), organismo encargado de compilar y administrar la tasa LIBOR, supervisado por la FCA, en línea con lo comunicado en nuestra alerta del 17 de diciembre de 2020. Para acceder a la alerta haga click aquí. 

 

  • ¿En qué consiste el anuncio de la FCA?

 

De acuerdo al comunicado de la FCA y siguiendo los resultados derivados de la consulta finalizada el pasado mes de enero de 2021 ya mencionada, la IBA informó su intención de cesar la publicación de las tasas LIBOR para todas las monedas, como consecuencia de la voluntad del panel de bancos de dejar de utilizar la tasa LIBOR.

La FCA informó que la tasa LIBOR para las siguientes monedas y plazos (tenors) dejará de ser publicada de forma definitiva, de acuerdo al siguiente cronograma: (i) todas las tasas LIBOR en euros y francos suizos, así como la tasa LIBOR en yenes spot-next, una semana, dos meses y doce meses, la tasa LIBOR en libras esterlinas overnight, una semana, dos meses y doce meses, y la tasa LIBOR en dólares estadounidenses para una semana y dos meses, cesará definitivamente en forma inmediata luego del 31 de diciembre de 2021, de conformidad con el plazo original; (ii) la tasa LIBOR en dólares estadounidenses overnight y para doce meses cesará definitivamente en forma inmediata luego del 30 de junio de 2023.

En línea con lo anterior, la FCA dio a conocer que – en principio – no requerirá al panel de Bancos que continúen informando las tasas LIBOR, ni tampoco exigirá a la IBA que continúe publicando las referidas tasas que sean informadas por el panel de Bancos con posterioridad a la fecha en que los referidos Bancos dejen de utilizar la tasa mencionada, por lo que no se forzaría la existencia de un “LIBOR sintético” luego de las fechas previstas para el cese de LIBOR. Sin embargo, la FCA anunció que no descarta la posibilidad de requerir que LIBOR se continúe publicando sobre una nueva metodología (LIBOR sintético) para la tasa USD-LIBOR de un mes, tres meses y seis meses, luego del fin del mes de junio de 2023.

Es importante subrayar que en el comunicado la FCA expresa que las publicaciones de las tasas LIBOR para libras esterlinas, yenes y dólares estadounidenses que sean eventualmente realizadas sobre la base de una nueva metodología no serán consideradas representativas del mercado subyacente y de la realidad económica que pretenden medir.

Finalmente, es necesario resaltar – muy especialmente – que en el comunicado la FCA expresó que, a partir de las fechas indicadas anteriormente, todas las tasas LIBOR dejarán de ser publicadas por la IBA, y no serán publicadas por ninguna otra entidad administradora, o ya no serán, a partir de las fechas ya referidas, representativas de la realidad del mercado, por lo que ISDA ha considerado que el anuncio del FCA constituye un index-cessation event, como se comenta a continuación:

 

  • ¿Cuál es la importancia del anuncio de la FCA?

 

El anuncio de la FCA es trascendente en virtud de varios motivos: en primer lugar, define con claridad el cronograma de desaparición de la tasa LIBOR para todas las monedas y plazos en que dicha tasa se publica, fijando fechas ciertas en las cuales las tasas LIBOR dejarán de ser publicadas sobre una base representativa del mercado; en segundo lugar, si bien no descarta la posibilidad de que LIBOR se siga publicando para determinadas monedas y plazos luego de las fechas referidas anteriormente (en concreto, para libras esterlinas, yenes y dólares estadounidenses, en todos los casos para plazos de un mes, tres meses y seis meses), aclara que esto se hará sobre una nueva metodología (LIBOR sintético) y que las tasas así obtenidas y publicadas no podrán considerarse representativas.

Es de destacar que el anuncio de la FCA constituye un index-cessation event para todas las tasas LIBOR bajo el “IBOR Fallback Supplement” (el “Suplemento”) y el “IBOR Fallback Protocol” (el “Protocolo”), publicados por la International Swaps and Derivatives Association Inc. (en adelante, “ISDA”) el 23 de octubre de 2020 (haciendo click aquí puede acceder a nuestra alerta sobre la publicación del Suplemento y del Protocolo), y que entraron en vigencia el pasado 25 de enero de 2021 (haciendo click aquí puede acceder a nuestra alerta sobre la referida entrada en vigencia), tal como anunció ISDA mediante un comunicado publicado el viernes 5 de marzo de 2021.

 

  • ¿Cuándo ocurre un index-cessation event y qué implicancias tiene?

 

De acuerdo a lo previsto tanto en el Suplemento como en el Protocolo se entiende que un index-cessation event en relación a LIBOR ha ocurrido – básicamente – si: (i) se emite una declaración pública por parte del organismo supervisor del administrador de la tasa LIBOR (i.e., la FCA en relación a la IBA) en que se establece que el administrador de la tasa LIBOR ha dejado o dejará de proporcionar de forma permanente o indefinida dicha tasa (y siempre que al momento en que tal declaración pública se realice no exista un sucesor de dicho administrador que continúe con la publicación de la tasa LIBOR); o (ii) se emite una declaración pública por parte del organismo supervisor del administrador de la tasa LIBOR comunicando, acumulativamente que (a) dicho organismo supervisor ha determinado que la tasa LIBOR ya no es representativa (o no lo será a partir de determinada fecha) del mercado subyacente y de la realidad económica que pretenden medir, siendo que tal representatividad no será restaurada, y (b) el anuncio se hace en virtud de que dicha declaración activará los mecanismos contractuales de fallback como consecuencia de tal anuncio.

Como resultado del anuncio de la FCA, ISDA ha informado que, a los efectos previstos bajo el Suplemento y el Protocolo, se entiende que un index-cessation event ha ocurrido con fecha 5 de marzo de 2021 para todas las tasas LIBOR publicadas en la actualidad por la IBA. La verificación de tal evento implica que, bajo las previsiones de fallback, se debe considerar la fecha del anuncio de la FCA (esto es, el 5 de marzo de 2021) para determinar y aplicar los ajustes (spread-adjustments) correspondientes a las nuevas tasas de referencia (risk-free rates).

Ahora bien, aun cuando  los ajustes a las tasas de referencia deberán calcularse tomando en consideración la fecha del anuncio emitido por la FCA, debe tenerse presente que los fallbacks de ISDA aplicarán a partir de la fecha en que las tasas LIBOR correspondientes dejen de ser publicadas o ya no sean representativas, de acuerdo a lo explicado anteriormente.

En dicho sentido, a los efectos del Suplemento y del Protocolo, las modificaciones en la aplicación de las tasas de referencia comenzarán a regir a partir de  acuerdo al siguiente cronograma: (i) a partir del 1° de enero de 2022, se realizarán los ajustes todas las tasas LIBOR en euros, francos suizos, yenes y libras esterlinas; y (ii) a partir del 1° de julio de 2023, se realizarán los ajustes para todos los plazos para los que se publica la tasa LIBOR en dólares estadounidenses.

Es importante tener presente que lo mencionado en el punto (ii) anterior sucede en virtud de que si bien la tasa LIBOR en dólares estadounidenses para plazos a una semana y dos meses cesará de ser publicada luego de finalizado el 2021, las nuevas previsiones de fallback no aplicarán inmediatamente, producto de que existen tasas USD-LIBOR para otros plazos (menores y mayores que los que cesan de ser publicados) que continuarán siendo informadas sobre una base representativa.

Como consecuencia de esto, la tasa LIBOR para dólares estadounidenses para plazos a una semana y dos meses podrá ser calculada interpolando la tasa aplicable al plazo inmediatamente menor y el plazo inmediatamente mayor, por lo que solo cuando tal interpolación no sea posible serán de aplicación las nuevas tasas previstas bajo el Suplemento y el Protocolo, lo que ocurrirá efectivamente con fecha 1° de julio de 2023 (momento en el cual dejarán de ser informadas las restantes tasas USD-LIBOR, o serán informadas pero ya sin ser representativas de la realidad del mercado). Sin perjuicio, destacamos que esta forma de cálculo de la tasa LIBOR para dólares estadounidenses para plazos a una semana y dos meses se aplica a aquellos contratos a los que resulte aplicable el Suplemento o el Protocolo, o bien las previsiones de tales documentos apliquen al contrato por remisión, de acuerdo a lo pactado por las partes.

 

  • ¿Qué nos deja el anuncio de la FCA?

 

Desde un punto de vista práctico, además de definir con claridad la fecha de discontinuación definitiva de la tasa LIBOR, el anuncio de la FCA importa recordar: (i) la necesidad de prever y contar con soluciones contractuales robustas frente a la desaparición de la tasa LIBOR, en particular en aquellos contratos celebrados con anterioridad al 25 de enero de 2021 y en los que las partes contratantes no hayan previsto cláusulas de fallback o no hayan adherido al Protocolo (recuérdese que para aquellos contratos celebrados con posterioridad al 25 de enero de 2021 y que prevean la aplicación de las “2006 ISDA-Definitions” le son aplicables las soluciones previstas en el Suplemento); y (ii) la inconveniencia de seguir incluyendo la tasa LIBOR como tasa aplicable en los contratos que se celebren en lo sucesivo y cuya fecha de vencimiento prevista ocurra luego de la efectiva desaparición de la tasa LIBOR en cuestión.

Asimismo, en caso sus contratos ya incluyan previsión de fallback distintos de lo previsto en el Suplemento, debe tenerse la precaución de revisar el texto de dichos fallbacks para determinar si el anuncio del FCA puede tener efectos sobre el contrato.

Quedamos a disposición por cualquier consulta o aclaración adicional que puedan estimar necesaria.

Otras noticias de interés
01
33